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sábado, 24 de marzo de 2012

El Supremo condena a 3 años a una cartera por imitar una firma


La funcionaria falsificó la rúbrica de un vecino en un aviso que nunca entregó

No hubo vuelta de hoja. El Tribunal Supremo (TS) acaba de confirmar la pena de tres años de cárcel impuesta a una funcionaria de Correos de Oviedo que en el año 2003 falsificó la firma del destinatario de una carta certificada en la que se le denegaba el beneficio de Justicia Gratuita y de la que nunca llegó a recibir el aviso.
La sentencia de la Sala de lo Penal rechaza el recurso de la acusada, Carmela R.H., que en marzo de 2011 fue condenada a tres años de prisión por la Audiencia Provincial de Oviedo por un delito de falsedad en documento oficial al considerar acreditado que no entregó el aviso en el domicilio del destinatario y falsificó su firma.
El tribunal sí que cree probados los hechos. En el fallo, el Supremo relata que a la acusada, funcionaria del Servicio Público de Correos y Telégrafos y destinada en Oviedo, se le encomendó la entrega del aviso de recibo de la carta certificada remitida al demandante por la Gerencia Territorial en el Principado de Asturias del Ministerio de Justicia.
Según relata la sentencia, entre el 14 de noviembre de 2003, cuando llegó la carta a la oficina de Correos, y el 18 de ese mismo mes de noviembre, la funcionaria, que no llegó a entregar el aviso en el domicilio requerido, “plasmó una firma” en el documento “fingiendo” que era la del destinatario, que nunca llegó a recibir la notificación y que denunció los hechos en 2008.
El Tribunal Supremo considera que, a la vista de las pruebas periciales y caligráficas practicadas, la Audiencia de Oviedo llegó a la “razonable y razonada” conclusión de que la acusada fue la autora de la falsificación de la firma y que no pudo ser otro funcionario, como insinúa en su recurso. Ella defendía que el recibí pudo haber sido rellenado por una persona que estaba haciendo “una visita” al destinatario el día que fue a entregarla, lo que explicaría la aparición de una “firma sencilla e ilegible” y un DNI que no se correspondían con los del receptor, o que bien este “supuesto visitante” pudo “entregar” la carta al titular del domicilio o “extraviarla”. El alto tribunal considera esta explicación incluso “extravagante”.
No obstante, el alto tribunal rechaza las pretensiones económicas expresadas del vecino de Oviedo perjudicado por la actuación de la cartera. El Supremo no le concede los 30.000 euros que reclamaba como indemnización por los daños que le supuso no recibir la carta que le notificaba la denegación del beneficio de justicia gratuita, un servicio que solicitaba para defenderse en un juicio por desahucio.


FUENTE
http://www.lavozdeasturias.es/asturias/Supremo-condena-cartera-imitar-firma_0_657534258.html#.T2ylu8uaJB4.facebook

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